Por Rev. José Carlos Pérez/ Colabora Hablemos Press.
La Habana, 8 de marzo.- La próxima reunión de la Asamblea de la Convención Bautista de Cuba Occidental analizará una propuesta de la Junta Directiva y la Comisión para modificar su Reglamento.
La reunión será en los días 19 al 24 de marzo en la Iglesia Bautista “El Calvario”, en la Habana.
De aprobarse la propuesta, la Junta Directiva gobernará autoritariamente a la Convención -iglesias que la integran- anulando la autonomía de las mismas.
Las modificaciones se harán con el objetivo de “adecuar para estos tiempos el modo de trabajo de la Convención” -según el documento de 41 páginas llamado “Anteproyecto Reglamento de la Convención B.C.Occ.”
Presumo que habrá pastores y líderes inconformes que lo debatirán. La Junta Directiva y la Comisión llevan trabajando en el mismo desde el 2007. De ser aprobada algunas de las modificaciones, la Convención legalizará un gobierno autoritario que viola los principios de las iglesias bautistas como son su gobierno congregacional y autonomía.
Según fuente bautista, el extenso documento comenzó a entregarlo la Directiva a las iglesias y pastores para su “análisis y debate” durante el mes de febrero.
Dios les permita a los delegados –alrededor de 800 hermanos- que de veras quieran debatir el documento, no sean afectados por la falta acostumbrada de tiempo que ocupan los devocionales y “programas espirituales” o que los asuntos a debatir "pasen a comisión para su posterior análisis, ya que la agenda de trabajo está muy apretada".
Ni los aturdan con esos métodos de burlar la democracia en nombre de la democracia al preparar de antemano conspirativamente a quienes van a consumir los turnos a favor y los turnos en contra, para excluir a cualquier interesado en debatir verdaderamente y que cuando menos se lo esperen se vean con esa monstruosidad legal aprobada.
“Los Bautistas creemos que la autoridad de una iglesia se expresa por sus miembros, y que cada iglesia es independiente en sus acciones. Este concepto se basa en el hecho de que Cristo está presente en cada congregación o cuerpo local de los creyentes, y El es la cabeza. Debido a esto, entonces, la iglesia no puede estar subordinada a los reglamentos de ningún otro cuerpo religioso. La congregación local no puede ser gobernada por un obispo o cabeza central o corporación gobernante que imponga sus decisiones sobre ella. Las iglesias bautistas, sin embargo, cooperan entre sí, en asociaciones, convenciones nacionales, y en esfuerzos mundiales, como los que realiza la Alianza Bautista. Pero esta cooperación no quita la independencia y autonomía de cada iglesia.” -Adolfo Robleto, “Ahora que soy miembro”, Orientación para los miembros nuevos de la iglesia, Editorial Casa Bautista de Publicaciones, segunda edición, 1979.
¿De dónde viene la nueva propuesta de cambio del gobierno propio de los bautistas, a uno jerárquico-episcopal?
El anteproyecto no es un hecho aislado, tiene precedente similar en petición de La Coordinación Obrero Estudiantil Bautista de Cuba COEBAC que invita a las autoridades gubernamentales a inmiscuirse en los asuntos internos de las instituciones religiosas propuesta que divulgó el pasado septiembre 2011 con mucha “indignación” por los sucesos ocurridos en el templo evangélico de las Asambleas de Dios ubicado en Infanta, La Habana.
Y reclamó a las autoridades gubernamentales "que tomen medidas enérgicas para poner fin, y también evitar que eventos como estos vuelvan a enlodar el nombre de Dios”.
Según el periodista independiente Jaime Leygonier, pasado Maestro de la R. Logia Unión Latina: "También tiene precedente en la reforma en 1999 de los estatutos de la Gran Logia de Cuba que debilitó la autonomía de las logias, fortaleció dictatoríamente al poder ejecutivo y preparó así la dictadura como Gran Maestro, y luego como Gran Secretario, de Collera Vento, agente de La Seguridad del Estado, según plan de esta policía para controlar y corromper a la Masonería y a las iglesias desde instrumentos y agentes en sus altos puestos de dirección."
La Junta Directiva pretende obtener un poder legal en la Asamblea deliberativa que viola tanto la autonomía de las iglesias como la de sus pastores, como proponen en el anteproyecto: "Capítulo IV. De la Junta Directiva":
“Artículo 20. Deberes y atribuciones son de naturaleza triple: Espirituales, administrativos y estratégicos, como los que a continuación se señalan y otros que en su momento la Asamblea General considere apropiados.
Espirituales.
- Orar por las iglesias afiliadas.
- Velar por el estado espiritual de dichas iglesias, así como por su integridad bíblica y doctrinal.
- Mediar ante cualquier situación que socave el espíritu de cooperación y la integridad de la denominación. A este efecto se autoriza a reunirse con pastores, líderes, iglesias locales, confraternidades provinciales, ministerios o instituciones de la Convención, en un ambiente de cooperación, diálogo y respeto mutuos, para aconsejar, supervisar, alentar, orientar, apoyar y si fuese necesario amonestar, en aras de un funcionamiento armónico y provechoso para la Obra.” Fin de la cita.
Hasta ahora el reglamento vigente desde 1981 señala que las atribuciones de La Junta Directiva son:
“la Junta Directiva debe cumplir y hacer cumplir el reglamento, los acuerdos de la Asamblea General, así como los acuerdos de la propia junta directiva, administrar y cuidar los bienes de la Convención, defender sus derechos y distribuir los fondos con arreglo a los presupuestos aprobados en la Asamblea General.”
La Junta Directiva pretende con las modificaciones ejercer autoridad por encima de las iglesias y fiscalizarlas.
¿A que se refieren con “mediar ante cualquier situación que socave el espíritu de cooperación y la integridad de la denominación”?
La vaguedad de esta "definición" indefinida los transforma de los ejecutivos y administradores que deben ser, en jueces y censores absolutos de la vida de las congregaciones y pastores, robándoles su libertad en Cristo y pasando de servidores de la Asamblea a sus amos absolutos. Sus opiniones indiscutibles se convertirán en la doctrina de la Iglesia.
¿Qué? ¿Las iglesias no tienen pastores y líderes maduros que les aconsejen, supervisen, alienten, orienten o amonesten, como enseña La Biblia? Hechos 20:28; 1 Tim 3:1-7.
¿Por qué La Junta Directiva y su presidente desean desplazar el lugar que ocupan los pastores y líderes locales que están al frente de sus congregaciones?
¿No es ésta la función propia de los pastores a los cuales Dios designó por su Voluntad?
Tales pretensiones van directamente contra las enseñanzas de las Escrituras y el espíritu bautista.
¿De qué secta tomaron la idea de que un “LIDER SIERVO” Presidente de la Junta Directiva tenga que realizar todas estas funciones?
¿O es que resulta más fácil al Estado controlar a una directiva dictatorial que a una convención que goce de autonomía y democracia?
LA CONVENCION EXISTE POR LAS IGLESIAS, NO LAS IGLESIAS POR LA CONVENCIÓN.
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